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Resumenes Contabilidad
Blog de Hernan Vitali
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Entradas publicadas por hernanvit78
Mostrando 1 a 10, de 101 entrada/s en total:
01 de Agosto, 2016    General

BLANQUEO CAPITALES

El costo del blanqueo: variará según el monto y el tipo de bien exteriorizado.

Hasta los 305.000 pesos (unos 20.000 dólares a tipo de cambio de hoy), no hay costo alguno; si la exteriorización de los bienes asciende hasta los 800.000 pesos, el impuesto especial es de 5% de lo declarado. En el caso particular de los inmuebles no hay un tope, es decir, la tasa del impuesto seguirá siendo de 5%, cualquiera sea el valor del inmueble declarado.

Para los demás bienes con montos mayores a los $800.000, el impuesto o penalidad será de 10% , si el contribuyente declara antes del 31 de diciembre de 2016. A partir de esa fecha - y hasta el 31 de marzo de 2017, cuando termina el Régimen-, dicha tasa se eleva a eleva a 15%.

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publicado por hernanvit78 a las 10:49 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
03 de Marzo, 2016    General

FACTURA ELECTRONICA MARZO 2016 OBLIGACION

La AFIP postergó hasta el 31 de marzo de 2016 la generalización de la emisión de la factura electrónica, para todos los contribuyentes inscriptos en el IVA. Todos los inconvenientes que tuvieron los contribuyentes para implementar el sistema de facturación sin papel, soportando mayores costos en adquirir sistemas o en algunos casos con dificultades para acceder a Internet en forma plena, produjeron la postergación de la puesta en vigencia del nuevo régimen de facturación.


Sin embargo, otras nuevas tareas vinculadas con el sistema de facturación se mantienen vigentes. Se trata del Régimen de Información de compras y ventas que tienen que cumplir los contribuyentes que se encuentran obligados a emitir la factura electrónica. Hay que brindar a la AFIP información de cada una de las operaciones de las compras y las ventas que se realizan y existen problemas a la hora de importar los datos de los sistemas de las empresas al programa de la AFIP, ya que surgen listados de... Continuar leyendo

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publicado por hernanvit78 a las 10:30 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
30 de Noviembre, 2015    General

EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO




DE LA EXTINCION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Artículos 231 a 255

Capítulo I
Del preaviso

ARTÍCULO 231 (Plazos). El contrato de trabajo no podrá ser disuelto por voluntad de una de las partes, sin previo aviso, o en su defecto indemnización, además de la que corresponda al trabajador por su antigüedad en el empleo, cuando el contrato se disuelva por voluntad del empleador. El preaviso, cuando las partes no lo fijen en un término mayor, deberá darse con la anticipación siguiente:

Por el trabajador, de un (1) mes.
Por el empleador, de un (1) mes cuando el trabajador tuviese una antigüedad en el empleo que no exceda de cinco (5) años y de dos (2) meses cuando fuere superior. (texto según ley 21.297)
ARTÍCULO 232 (Indemnización substitutiva). La parte que omita el preaviso o lo otorgue de modo insuficiente deberá abonar a la otra una indemnización substitutiva equivalente a la... Continuar leyendo

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publicado por hernanvit78 a las 19:30 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
04 de Septiembre, 2015    General

Ley N° 24.557 Riesgos de trabajo

RIESGOS DEL TRABAJO

Ley N° 24.557

Objetivos y ámbito de aplicación. Prevención de los riesgos del trabajo. Contingencias y situaciones cubiertas. Prestaciones dinerarias y en especie. Determinación y revisión de las incapacidades. Régimen financiero. Gestión de las prestaciones. Derechos, deberes y prohibiciones. Fondos de Garantía y de Reserva. Entes de Regulación y Supervisión. Responsabilidad Civil del Empleador. Organo Tripartito de Participación. Normas Generales y Complementarias. Disposiciones Finales.

Sancionada: Setiembre 13 de 1995.

Promulgada: Octubre 3 de 1995.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

CAPITULO I

OBJETIVOS Y AMBITO DE APLICACION DE LA LEY

ARTICULO 1° — Normativa aplicable y objetivos de la Ley sobre Riesgos del Trabajo (LRT).

1. La prevención de los riesgos y la reparación de los daños derivados del trabajo se regirán por esta... Continuar leyendo

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publicado por hernanvit78 a las 11:35 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
10 de Julio, 2015    General

Declaración Online de IVA

Declaración Online de IVA PASO A PASO partir de este mes JULIO 2015, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció una nueva metodología para la liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El nuevo procedimiento se caracteriza por la obligatoriedad de desagregar los débitos fiscales de acuerdo con la actividad económica declarada, individualizando las ventas y suapertura según la alícuota del gravamen que corresponda en cada caso... Continuar leyendo
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publicado por hernanvit78 a las 08:47 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
23 de Junio, 2015    General

RESUMEN BIENES PERSONALES 2014 2015

El Impuesto sobre los Bienes Personales alcanza a jubilados, autónomos o empleados en relación de dependencia cuyos bienes al 31 de diciembre superen el mínimo exento de $305.000. En todos estos casos, hay que inscribirse en la AFIP y presentar y pagar el impuesto durante el mes de abril.


Los trabajadores en relación de dependencia que no superen ese mínimo exento de $305.000 tienen de todos modos el deber de informar cuando sus sueldos brutos anuales sean iguales o mayores a $96.000 (incluyendo el aguinaldo y los rubros no remunerativos). En estos casos, si bien no están obligados a inscribirse en la AFIP para ingresar el impuesto, deben presentar una declaración jurada informativa sobre los bienes, con vencimiento el 30 de junio.


Estos son los bienes gravados por el Impuesto sobre los Bienes Personales:

- Inmuebles del país: se toma el valor de escritura convertido a pesos y actualizado por los índices que elaboró la DGI hasta el mes de marzo de 1992. Luego, se calculan... Continuar leyendo
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27 de Marzo, 2015    General

Plan de pagos afip 2015

La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución general 3756, abarca las deudas vencidas al 28 de febrero de 2015, inclusive, que podrán ser canceladas en 120 cuotas mensuales con un interés de financiamiento de 1,90% mensual y pago inicial del 7% del total de la deuda.

En el caso de empresas y comercios, la normativa establece, entre otras condiciones, la “obligatoriedad de mantener los puestos de trabajo registrados en diciembre de 2014 y de cumplir con las obligaciones corrientes, vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015”.

De adherir al plan, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, la que cancelará el 7% del total de la deuda consolidada.

Asimismo, el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 500 pesos, excepto para aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas), la cual deberá ser igual o superior a 150 pesos, añade la disposición de la AFIP... Continuar leyendo
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20 de Marzo, 2015    General

DEDUCCIONES PERSONALES GANANCIAS 2014

Sueldos Brutos (hasta $15.000):

-Las deducciones son similares a los ingresos.

-La base imponible es igual a (0), evitando el pago de Ganancias.

Sueldos Brutos (entre $15.000 y $25.000):

Al calcular el monto a tributar  por Ganancias, al sueldo neto deben restarle las deducciones, los montos son anuales, para calcular mes a mes deben dividir por 12 y una vez ese resultado aplicarle la tabla de alícuotas correspondiente.

Deducciones 2014:

Ganancia no imponible ($18.662,4)
Deducción especial empleados en relación de dependencia ($89.580)
Cargas de familia:

-Cónyuge ($20.736)
-Hijos ($10.368)
-Otros familiares ($7.776)

Sueldos Brutos ($15.000 y $25.000 mensuales):

-Un trabajador soltero cobró entre $15.000 y $25.000 mensuales hasta Agosto del año pasado, podrá deducir sobre su sueldo neto ($9.020,2) promedio por mes en 2014, tributando sobre lo demás.

-Un trabajador casado con esposa/o y 2 hijos a cargo, debe restarle sobre su base imponible $12.476,20 por mes... Continuar leyendo

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20 de Marzo, 2015    General

DEDUCCIONES GANANCIAS 2014

Sueldos Brutos (hasta $15.000):

-Las deducciones son similares a los ingresos.

-La base imponible es igual a (0), evitando el pago de Ganancias.

Sueldos Brutos (entre $15.000 y $25.000):

Al calcular el monto a tributar  por Ganancias, al sueldo neto deben restarle las deducciones, los montos son anuales, para calcular mes a mes deben dividir por 12 y una vez ese resultado aplicarle la tabla de alícuotas correspondiente.

Deducciones 2014:

Ganancia no imponible ($18.662,4)
Deducción especial empleados en relación de dependencia ($89.580)
Cargas de familia:

-Cónyuge ($20.736)
-Hijos ($10.368)
-Otros familiares ($7.776)

Sueldos Brutos ($15.000 y $25.000 mensuales):

-Un trabajador soltero cobró entre $15.000 y $25.000 mensuales hasta Agosto del año pasado, podrá deducir sobre su sueldo neto ($9.020,2) promedio por mes en 2014, tributando sobre lo demás.

-Un trabajador casado con esposa/o y 2 hijos a cargo, debe restarle sobre su base imponible $12.476,20 por mes... Continuar leyendo

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publicado por hernanvit78 a las 20:53 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
20 de Marzo, 2015    General

RESOLUCION 126 AFIP

Resolución 126/2015 -MECON- Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos. Creación.

Ministerio de Economía y Finanzas Públicas
GRANOS
Resolución 126/2015
Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos. Creación.
Bs. As., 16/3/2015
VISTO el Expediente N° S01:0054643/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco del proyecto nacional de crecimiento con inclusión social, es prioridad para el ESTADO NACIONAL ejecutar políticas destinadas a promover el crecimiento económico y el desarrollo, incentivando la inversión productiva y la demanda.

Que en función de ello, resulta necesario continuar con la implementación de acciones concretas tendientes a seguir fortaleciendo el mercado interno y a ampliar el acceso a bienes y servicios, a través de mecanismos que permitan estimular la producción agrícola y, de ese modo, fomentar el desarrollo de las economías regionales, como pilares del progreso de la patria... Continuar leyendo

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publicado por hernanvit78 a las 20:49 · Sin comentarios  ·  Recomendar
 
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