El objetivo de esta Norma es prescribir:
(a) cuándo una entidad ajustará sus estados financieros por hechos ocurridos despuésde la fecha del balance; y
(b) las revelaciones que la entidad debe efectuar respecto a la fecha en que los estadosfinancieros han sido autorizados para su publicación, así como respecto a loshechos ocurridos después de la fecha del balance.
La Norma exige también, a la entidad, que no elabore sus estados financieros bajo lahipótesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos después de la fecha delbalance indican que tal hipótesis de continuidad no resulta apropiada.
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