. IMPUESTOS
Una breve descripción
El impuesto (IGMP) establece un impuesto equivalente al 1% de los activos de las firmas. Este impuesto puede usarse como pago a cuenta del impuesto a las ganancias. Este impuesto es legislado a través de la ley 25.063.
El artículo Nº 1 del Título V de la ley 25.063, establece:
Que se determinará sobre la base de los activos... que regirá por el término de diez (10) ejercicios anuales."
Asimismo, el artículo Nº 13, de la misma ley, menciona que "El impuesto a ingresar surgirá:
-De la aplicación de la alícuota del uno por ciento (1%) sobre la base imponible del gravamen... El impuesto a las ganancias determinado para el mismo ejercicio fiscal por el cual se liquida el presente gravamen, podrá computarse como pago a cuenta del
impuesto de esta ley" (es decir, al Impuesto a las Ganancias).
Las empresas deberán ingresar, al Estado, el 1% de sus activos en concepto de adelanto de impuesto a las ganancias.
Justificaciones explícitas e implícitas para la aplicación del IGMP
a) Explícita: lucha contra la evasión
La principal justificación de este impuesto es lo que surge de su mismo nombre: una aproximación a la ganancia mínima presunta. Es decir, el impuesto trata de determinar indirectamente cuál es la rentabilidad que verdaderamente estaría experimentado una determinada actividad y gravarla.
En otros términos, la justificación de este impuesto es la lucha contra la evasión
En este sentido, la intención del legislador era gravar una rentabilidad “razonable” que todo emprendimiento debe tener. Es así que se afirma que si un emprendimiento no es capaz de generar una rentabilidad de al menos 1% anual es un emprendimiento que debe abandonarse. Por lo tanto, si esta actividad no es capaz de generar esta rentabilidad para pagar el impuesto no es un buen emprendimiento.
ESTUDIO CONTABLE VITALI CONSULTAS HERNANVIT78@HOTMAIL.COM