El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los ingresos ordinarios y los costos relacionados con los contratos de construcción. Debido a lanaturaleza propia de la actividad llevada a cabo en los contratos de construcción, lafecha en que la actividad del contrato comienza y la fecha en la que termina el mismo caen, normalmente, en diferentes periodos contables, por tanto, la cuestiónfundamental al contabilizar los contratos de construcción es la distribución de losingresos ordinarios y los costos que cada uno de ellos genere, entre los periodoscontables a lo largo de los cuales se ejecuta.
Esta Norma debe ser aplicada para la contabilización de los contratos de construcción, en los estados financieros de los contratistas.
Un
es un contrato, específicamente negociado, para lafabricación de un activo o un conjunto de activos, que están íntimamente relacionados entre sí o son interdependientes en términos de su diseño, tecnología y función, o bienen relación con su último destino o utilización.Los requisitos contables de esta Norma se aplican, generalmente, por separado para cada contrato de construcción. No obstante, en ciertas circunstancias y a fin dereflejar mejor la esencia económica de la operación, es necesario aplicar la Norma independientemente a los componentes identificables de un contrato único, o juntar un grupo de contratos a efectos de su tratamiento contable.
Los ingresos ordinarios del contrato deben comprender:
(a) el importe inicial del ingreso ordinario acordado en el contrato; y
(b) cualquier modificación en el trabajo contratado, así como reclamaciones o incentivos:
(i) en la medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso
ordinario; y
(ii) siempre que sean susceptibles de medición fiable.
Los ingresos ordinarios del contrato se miden por el valor razonable de la
contraprestación recibida o por recibir.
Los costos del contrato deben comprender:
Cuando el resultado de un contrato de construcción puede ser estimado con suficiente fiabilidad, los ingresos ordinarios y los costos asociados con el mismo deben ser reconocidos en resultados como tales, con referencia al estado de terminación de la actividad producida por el contrato en la fecha de cierre del balance.
Cuando el desenlace de un contrato de construcción no pueda ser estimado consuficiente fiabilidad:
(a) los ingresos ordinarios deben ser reconocidos en el estado de resultados sólo en la
medida en que sea probable recuperar los costos incurridos por causa del contrato;y
(b) los costos del contrato deben reconocerse como gastos del periodo en que seincurren.
Cuando sea probable que los costos totales del contrato vayan a exceder de losingresos ordinarios totales derivados del mismo, las pérdidas esperadas debenreconocerse inmediatamente como tales en la cuenta de resultados del periodo.
(a) los costos que se relacionen directamente con el contrato específico;
(b) los costos que se relacionen con la actividad de contratación en general, y pueden ser imputados al contrato específico; y
(c) cualesquiera otros costos que se puedan cargar al cliente, bajo los términos pactados en el contrato.