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Resumenes Contabilidad
Blog de Hernan Vitali
14 de Diciembre, 2010    General

RESPONSABLES NO INCRIPTOS

Responsables No Inscriptos

 

Podrán ejercer la opción de ser RNI aquellos sujetos que cumplan en forma conjunta los 3 requisitos condicionales:

  1. Que sean sujetos comprendidos en el Art 4
    1. Hagan habitualidad en la venta de cosas muebles
    2. Realicen actos de comercios accidentales de cosas muebles
    3. Sean herederos o legatarios de RI, cuando enajenen bienes que en cabeza del causante hubieran sido gravadas
    4. Presten servicios gravados
  2. Que sean personas físicas o sucesiones indivisas.
  3. Que no tengan opción de incluirse en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes ( Monotributo ).

 

Podemos concluir que, podran revestir el carácter de RNI en el Impuestos al Valor Agregado:

  1. Los profesionales con ingresos mayores a $36.000 e inferiores o iguales a $144.000
  2. Los profesionales que ejerzan mas de una actividad, cuando las actividades que realicen conjuntamente con su actividad profesional sean no gravadas y/o exentas y no superen en su conjunto el tope de $144.000.

 

Los Responsables Inscriptos al efectuar una venta, locación o prestación de un servicio a un RNI, deberan percibirle a este último, adicionalmente al impuesto original ( 10.50%, 21% o 27%), el acrecentamiento que surge de aplicar la alícuota del impuesto, sobre el 50% del precio neto de la operación. Ejemplo:

 

Precio Neto                                                                      $ 10.000

IVA (21%)                                                                       $ 2.100 ( DF para el RI )

Acrecentamiento RNI ( 50% del 21%, 10.50 % ) $ 1.050 ( Percepcion efectuado al RNI )

 

La particularidad que tiene el sujeto RNI, a diferencia de los sujetos RI, es que no efectúa liquidación alguna para el ingreso del tributo, sino que es el sujeto RI el que tiene la responsabilidad de liquidar e ingresar el impuesto que percibe, teniendo en cuenta para ello los mismos períodos fiscales a los que resultan imputables las operaciones por él realizadas y que dan origen a la referida liquidación.

ESTUDIO CONTABLE VITALI CONSULTAS HERNANVIT78@HOTMAIL.COM

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publicado por hernanvit78 a las 19:49 · 1 Comentario  ·  Recomendar
 
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publicado por pimpoztsbq, el 16.12.2013 20:33
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