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Resumenes Contabilidad
Blog de Hernan Vitali
03 de Febrero, 2010    General

concursos y quiebras Art. 11. - [Requisitos del Pedido]

 

Pregunta seguro de examen:Art. 11. - [Requisitos del Pedido] Son requisitos formales de la petición de concurso preventivo:

I) Para los deudores matriculados y las personas de existencia ideal regularmente constituidas, acreditar la inscripción en los registros respectivos. Las últimas acompañarán, además, el instrumento constitutivo y sus modificaciones v constancia de las inscripciones pertinentes.

Para las demás personas de existencia ideal, acompañar, en su caso, los instrumentos constitutivos y sus modificaciones, aun cuando no estuvieran inscriptos.

2) Explicar las causas concretas de su situación patrimonial con expresión de la época en que se produjo la cesación de pagos y de los hechos por los cuales ésta se hubiera manifestado

3) Acompañar un estado detallado y valorado del activo y pasivo actualizado a la fecha de presentación, con indicación precisa de su composición, las normas seguidas para su valuación, la ubicación, estado y gravámenes de los bienes y demás datos necesarios para conocer debidamente el patrimonio. Este estado de situación patrimonial debe ser acompañado de dictamen suscripto por contador público nacional.

4) Acompañar copia de los balances u otros estados contables exigidos al deudor por las disposiciones legales que rijan su actividad, o bien los previstos en sus estatutos o realizados voluntariamente por el concursado, correspondientes a los tres últimos ejercicios. En su caso, se deben agregar las memorias y los informes del órgano fiscalizador.

5) Acompañar nómina de acreedores, con indicación de sus domicilios, montos de los créditos, causas, vencimientos, codeudores, fiadores o terceros obligados o responsables y privilegios. Asimismo, debe acompañar un legajo por cada acreedor, en el cual conste copia de la documentación sustentatoria de la deuda denunciada, con dictamen de contador público sobre la correspondencia existente entre la denuncia del deudor y sus registros contables o documentación existente y la inexistencia de otros acreedores en sus registros o documentación existente. Debe agregar el detalle de los procesos judiciales o administrativos de carácter patrimonial en, trámite o con condena no cumplida, precisando su radicación.

6) Enumerar precisamente los libros de comercio y s de otra naturaleza que Lleve el deudor, con expresión del último folio utilizado, en cada caso, y ponerlos a disposición del juez, junto con la documentación respectiva.

7) Denunciar la existencia de un concurso anterior y justificar, en su caso, que no se encuentra dentro del período de inhibición que establece el art. 59, o el desistimiento del concurso si lo hubiere habido.

El escrito y la documentación agregada deben acompañarse con dos copias firmadas.

Cuando se invoque causal debida y validamente fundada, el juez debe conceder un plazo improrrogable de diez días, a partir de la fecha de la presentación, para que el interesado dé cumplimiento total a las disposiciones del presente artículo.

El escrito de petición de concurso preventivo debe contener una extensa serie de enunciaciones -acompañada de la documentación que las respalda, en su caso- encaminadas a convencer al juez interviniente de la seriedad objetiva de la solicitud del deudor, a través de estas exigencias descriptivas de un manejo formalmente correcto de su administración patrimonial. La enunciación de requisitos formales es taxativa: no pueden agregarse otros por vía interpretativa, pero también ha de tenerse en cuenta que la omisión categórica de cualquiera de ellos determina el rechazo de la petición.

No basta con pedir la franquicia de los diez días para completar los requisitos incumplidos al tiempo de la presentación; el pedido debe fundarse con expresión de causa que, a juicio del juez, sea suficiente. Si así se considera, el plazo comienza a correr desde la fecha de la presentación -no desde el día en que se conceda- y se cuenta por días hábiles judiciales.

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publicado por hernanvit78 a las 15:43 · 2 Comentarios  ·  Recomendar
 
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Comentarios (2) ·  Enviar comentario
te puedo preguntar algo que no me quedo claro? cuando dice que invocando causa el juez puede conceder 10 dias para completar los requisitos, no me queda claro a partir de cuando. Existe una fecha de presentacion o pedido de concurso, 30 dias a partir de ahi para ratificar el pedido, y una fecha de apertura de concurso!!! me podrias aclarar eso? espero que recibas este msj, saludos
publicado por valeria, el 18.02.2011 11:13
como andas, vos presentas los requisitos a los 30 dias, si no pudiste presentarlos por x razones el juez te da 10 dias mas para presentarlo, o sea tenes 30 dias para presentar los requisitos sino llegas a presentarlos te da el juez 10 dias mas, los dias son habiles judiciales, acordate que el concursante va tratar de hacerlo lo mas largo posible al concurso para tener mas tiempo asi que generalmente va usar los 30 dias mas los 10 dias osea 40 dias, y son habiles osea que va tener un mes y medi para safar. Saludos
publicado por hernan, el 18.02.2011 11:24
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